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Registro obligatorio de líneas celulares en México: ¿qué datos entregas y quién puede acceder a ellos?

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  • 14 ene
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Oaxaca de Juárez, Oaxaca. 14 de enero de 2026. Mar López._A partir de 2026, en México entró en vigor el registro obligatorio de todas las líneas telefónicas celulares, tanto de prepago como de plan, como parte de una estrategia federal de seguridad y control de delitos cometidos a través de dispositivos móviles.

Este nuevo esquema obliga a las personas usuarias a vincular su número telefónico con su identidad legal, principalmente mediante la CURP y una identificación oficial. De no realizar el registro, las compañías telefónicas están facultadas para suspender o bloquear la línea hasta que se complete el trámite.


¿Qué información se registra?

Al momento de Q una línea celular, las empresas de telecomunicaciones solicitan y resguardan, entre otros datos:

  • Nombre completo del titular

  • Número de teléfono celular

  • CURP

  • Tipo de identificación oficial presentada (INE, pasaporte u otra)

  • Resultado de la validación de identidad

  • Folio de registro con fecha y hora del trámite

Esta información queda almacenada en los sistemas de las compañías telefónicas y vincula formalmente el número con la identidad del usuario.


¿La información será pública?

No. El registro no constituye un padrón público ni una base de datos abierta al acceso de cualquier persona. Los datos personales están protegidos por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, que obliga a las empresas a resguardar la información y a utilizarla únicamente para fines legales y específicos.


¿Quién puede acceder a los datos?

De acuerdo con el marco legal vigente:

  • Las compañías telefónicas pueden acceder a los datos únicamente para fines de identificación, operación del servicio y cumplimiento normativo.

  • Autoridades judiciales o ministeriales pueden solicitar información del registro solo mediante orden judicial, en el contexto de una investigación formal.

  • Cualquier persona, empresa privada o dependencia sin mandato legal no puede acceder a estos datos.


Para acciones más intrusivas como la intervención de comunicaciones o la geolocalización en tiempo real, la Constitución y el Código Nacional de Procedimientos Penales establecen que es indispensable la autorización de un juez.


Debate y preocupaciones

Aunque el gobierno federal sostiene que el registro está diseñado con salvaguardas legales, organizaciones de derechos digitales y especialistas en privacidad han expresado preocupación sobre el riesgo de uso indebido de la información o de ampliación de facultades de acceso por parte de autoridades de seguridad en otros marcos legales.


Estas advertencias no forman parte del funcionamiento formal del registro, pero se inscriben en un debate más amplio sobre privacidad, vigilancia y protección de datos personales en México.


En resumen

El registro obligatorio de líneas celulares no hace pública la información de los usuarios, pero sí establece una relación directa entre identidad y número telefónico. El acceso a estos datos está limitado por la ley y, en el caso de autoridades, requiere control judicial, aunque el tema sigue generando discusión pública por sus posibles implicaciones en materia de derechos digitales.

La fecha límite para registrar las líneas telefónicas es hasta el último día de junio del presente año.

 
 
 

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